Registro de Control Vehicular del Estado

Desde ayer, las amas de casa sin remuneración económica fija y que carezcan de otra fuente de ingresos; estudiantes becados, y personas desempleadas con miras a incorporarse al campo laboral pueden acceder a licencias de conducir gratuitas, es decir, sin cubrir el pago de derechos que establece la Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán,

De acuerdo con el Decreto 577/2017 publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado el último día del año que recién concluyó, se exime del pago de los derechos por la expedición de licencias de manejo, con vigencia de dos años, a: a) Las amas de casa que no perciban una remuneración económica fija por el trabajo que realizan y que carezcan de otra fuente de ingresos. b) Los estudiantes de escuelas públicas o privadas que tengan una beca otorgada por una dependencia oficial, y c) Las personas desempleadas que vivan en el estado y requieran licencia de conducir para incorporarse al trabajo remunerado.

Además, se otorgará un descuento del 50 por ciento “a las personas que acrediten ser trabajadores en activo, asalariados o no asalariados, jubilados y pensionados, y que perciban en promedio diario hasta el equivalente a cuatro y media unidades de medida y actualización”, es decir, que sus ingresos diarios no sean mayores a 339.7 pesos.

La justificación de este beneficio, que entró en vigor desde ayer tras su publicación en el Diario Oficial, es que “según la información proporcionada por la Secretaría de Seguridad Pública en el estado de Yucatán existe una cantidad considerable de personas que, por carecer de los recursos necesarios, no han podido obtener un permiso o licencia para conducir”, y “considerando las necesidades de los ciudadanos que carecen de medios económicos para solventar el pago de los derechos por la expedición de licencias y permisos para conducir se ha determinado otorgar facilidades a los contribuyentes para que puedan cumplir con sus obligaciones legales”.

Para acceder a los descuentos o exención del pago de derechos, los interesados deberán entregar en los módulos de la Secretaría de Seguridad Pública los siguientes requisitos:

Trabajadores en activo asalariados: la constancia de inscripción al sistema de seguridad social al que pertenecen y el último recibo de nómina o, en su caso, la constancia de ingresos expedida por el patrón.

Trabajadores en activo no asalariados: la constancia expedida por la agrupación sindical o cooperativa legalmente constituida a la que pertenezcan, mediante la cual se informe en forma detallada el trabajo que realizan y su ingreso promedio.

Trabajadores jubilados y pensionados: el documento que acredite su calidad de trabajador jubilado o pensionado y el último recibo de pago de jubilación o pensión.

Amas de casa: la constancia que acredite su oficio expedida por la Unidad de Gestión y Orientación de la Jefatura del Despacho del Gobernador o por el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en Yucatán (DIF-Yucatán).

Estudiantes: la constancia de estudios vigente expedida por la dirección de la escuela de que se trate y el documento mediante el cual acrediten ser beneficiarios de una beca.

Desempleados: la constancia que expida el Servicio Nacional de Empleo, Yucatán, que acredite su calidad de desempleado y el escrito firmado por la persona física o moral contratante en el que requiera la licencia de conducir para incorporar al solicitante al trabajo remunerado.

Las constancias y comprobantes de ingresos de los trabajadores en activo (asalariados y no asalariados) no podrán tener fecha de expedición con antigüedad superior a un mes en relación con la fecha en que se presenten.