La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán (CODHEY) informa que el pasado 28 de abril emitió una medida cautelar al Municipio de Umán a fin de garantizar el derecho al libre tránsito, así como la seguridad jurídica de los habitantes del municipio, en particular, de los menores de edad.

Esta acción se dispuso tras la difusión de un video en la cuenta de Facebook del Alcalde de dicho municipio, en donde señala “…Personas que sin ningún motivo estén fuera de su casa después de las nueve de la noche procederemos a realizarles un arresto administrativo reitero, personas que sin ningún motivo estén fuera de su casa después de las 9 de la noche procederemos a realizar un arresto administrativo, esto va principalmente para los jóvenes y para los niños que después de las 9 de la noche se encuentren fuera de sus casas…”.

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Si bien es cierto que todo el país se encuentra en una emergencia sanitaria decretada por el Gobierno Federal con motivo de la enfermedad ocasionada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), es preciso señalar que los derechos humanos están vigentes.

Este Organismo se encuentra consciente de la importancia en la aplicación y exigencia en el cumplimiento de las medidas de salubridad dictadas y las que devienen por parte de las autoridades estatales y municipales competentes, pero estas deben garantizar el principio a la legalidad y seguridad jurídica, así como el derecho al libre tránsito y que sean necesarias, proporcionales y no discriminen a las personas de ningún modo.

En ese sentido, se emitió dicha medida cautelar solicitando al alcalde de Umán:

Piden abstenerse de violentar los derechos humanos

“Que dentro del ámbito de sus facultades realice las acciones necesarias para garantizar el derecho al Libre Tránsito y Seguridad Jurídica de los habitantes del municipio de Umán, y de cualquier persona que se encuentre en las calles de su municipio así como abstenerse de dictar medidas y ejecutar acciones que pudieran vulnerar derechos humanos, como lo es el libre tránsito, la legalidad y la seguridad jurídica, de las personas que habitan y transitan en el Municipio, en especial, de personas menores de edad, toda vez que al determinar dichas medidas y en su caso ejecutarlas, estaría contraviniendo lo establecido en los artículos 11, 14 y 16 de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos”.

Además, se debe ajustar a la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para adolescentes.

La CODHEY precisa que la medida cautelar no hace referencia alguna al impedimento de detenciones en el municipio, y recuerda que las mismas se deberán realizar cuando exista alguna falta administrativa o la comisión de algún delito, como marca la ley. Tampoco se menciona de algún procedimiento para destituir a la autoridad municipal, como menciona hoy el alcalde en un nuevo video que difundió a través de sus redes sociales.

Incluso, la autoridad municipal de Umán respondió, el pasado 29 de abril, de manera afirmativa a esta medida y presentó un oficio girado a la Dirección de Policía Municipal como prueba de cumplimiento.

La respuesta del alcalde

Posted by Freddy Ruz Guzman on Monday, May 4, 2020

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