Las trabajadoras sexuales de la ciudad presentaron el amparo ante el constante acoso por parte de la policía.
El colectivo Indignación dio a conocer que en días pasados, el artículo 15, fracción VI del Reglamento de Policía y Buen Gobierno de la Ciudad de Mérida que sanciona el trabajo sexual en la vía pública es inconstitucional.
Te puede interesar: Reabren las playas en Yucatán, conoce las nuevas medidas
Fue el día 29 de octubre que la Jueza Tercero de Distrito en el estado de Yucatán emitió la resolución; correspondiente al juicio de amparo 727/2020 en la que determinó que ese articulo es contrario a los artículos 1 y 5 de la Constitución Federal que establecen el derecho a la no discriminación y al trabajo, respectivamente.
Se declara inconstitucional el artículo 15 para no violentar el trabajo sexual en Mérida
Dicho amparo fue presentado por 16 trabajadoras sexuales de Mérida frente a los constantes operativos cometidos en su contra por la policía municipal de Mérida; en los que se violentaban sus derechos humanos a partir de dicho reglamento.
Estos operativos, en los que se cometían detenciones arbitrarias, persecución, extorsión, amenazas, hostigamiento, robo e incluso actos que podrían ser considerados como tortura.
También, la Jueza ordenó al Ayuntamiento de Mérida, al Presidente Municipal, al Secretario de Gobierno municipal y al Director de la Policía Municipales de Mérida, que no apliquen la fracción VI del artículo 15 del citado Reglamento municipal a las trabajadoras sexuales; con lo cual éstas podrán realizar su labor sin ningún tipo de restricción por parte de las autoridades municipales.
Te puede interesar: De nueva cuenta FRENA se manifiesta en caravana en Mérida
Con esta resolución el colectivo Indignación, le exige a las autoridades municipales que cesen el acoso hacia las trabajadoras sexuales; y que modifique el Reglamento municipal de Policía y buen gobierno para hacerlo compatible con los derechos humanos.
Síguenos en Facebook: ¡Al chile!