Declaran inconstitucional artículo que sanciona el trabajo sexual en Mérida

Las trabajadoras sexuales de la ciudad presentaron el amparo ante el constante acoso por parte de la policía.

El colectivo Indignación dio a conocer que en días pasados, el artículo 15, fracción VI del Reglamento de Policía y Buen Gobierno de la Ciudad de Mérida que sanciona el trabajo sexual en la vía pública es inconstitucional.

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Fue el día 29 de octubre que la Jueza Tercero de Distrito en el estado de Yucatán emitió la resolución; correspondiente al juicio de amparo 727/2020 en la que determinó que ese articulo es contrario a los artículos 1 y 5 de la Constitución Federal que establecen el derecho a la no discriminación y al trabajo, respectivamente.

Se declara inconstitucional el artículo 15 para no violentar el trabajo sexual en Mérida

Dicho amparo fue presentado por 16 trabajadoras sexuales de Mérida frente a los constantes operativos cometidos en su contra por la policía municipal de Mérida; en los que se violentaban sus derechos humanos a partir de dicho reglamento.

Estos operativos, en los que se cometían detenciones arbitrarias, persecución, extorsión, amenazas, hostigamiento, robo e incluso actos que podrían ser considerados como tortura.

También, la Jueza ordenó al Ayuntamiento de Mérida, al Presidente Municipal, al Secretario de Gobierno municipal y al Director de la Policía Municipales de Mérida, que no apliquen la fracción VI del artículo 15 del citado Reglamento municipal a las trabajadoras sexuales; con lo cual éstas podrán realizar su labor sin ningún tipo de restricción por parte de las autoridades municipales. 

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Con esta resolución el colectivo Indignación, le exige a las autoridades municipales que cesen el acoso hacia las trabajadoras sexuales; y que modifique el Reglamento municipal de Policía y buen gobierno para hacerlo compatible con los derechos humanos.

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