Las pensiones en México son otorgadas a jubilados, beneficiarios, personas discapacitadas, entre otros, y contempla a diversos organismos
Pensiones en México.- Los más conocidos son el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), sin embargo, existen otros que debes conocer.
Los institutos u organismos que otorgan pensión en México son:
- IMSS
- ISSSTE
- Pensión del Bienestar
- Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas de México (ISSFAM)
¿Quiénes son beneficiarios a las pensiones?
La pensión es una prestación económica destinada a proteger al trabajador al ocurrirle un accidente de trabajo, al padecer una enfermedad o accidente no laborales, o al cumplir al menos 60 años de edad.
Las pensiones del IMSS se dividen en 3 grupos: IMSS
- Las pensiones para el asegurado relacionadas con la edad, comprenden cesantía en edad avanzada, vejez y retiro anticipado
- Las pensiones para el trabajador al ocurrirle un accidente de trabajo o padecer una enfermedad comprenden Incapacidad Permanente Parcial o Total e Invalidez
- Las pensiones para los beneficiarios de un trabajador o pensionado, al momento de su muerte comprenden viudez, orfandad y ascendientes
ISSSTE
De igual manera, el ISSSTE ofrece cuatro tipos de pensiones para los trabajadores afiliados al instituto.
- Por invalidez
- Por viudez
- Por orfandad
- Por asencendencia
Pensión del Bienestar
A partir de los 65 años, todos los adultos mayores tienen derecho a recibir la Pensión para el Bienestar de Personas Adultas Mayores, la cual consiste en un apoyo bimestral de 3 mil 850 pesos, y que se puede solicitar independientemente de si se está pensionado por el IMSS o el ISSSTE.
Para acceder a ella, debes acudir a los módulos del Bienestar de su localidad o llamando al teléfono 800 639 42 64.
ISSFAM
En caso de que seas familiar de un militar que falleció en servicio activo o en situación de retiro, también puedes obtener una pensión.
Para ello, los beneficiarios deberán encontrarse en alguno de los siguientes rubros:
- Cónyuge
- Concubina o concubinario
- Madre, padre y/o representante legal de los hijos o hijas menores de edad
- Hijos o hijas mayores de edad
- Hijos o hijas con discapacidad
- Padres del personal militar
- Hermanas o hermanos (con límite hasta 25 años)
- Por desaparición o presunción de muerte del personal militar
Para dicho trámite se debe acudir al módulo de atención al público del ISSFAM o a la instalación Militar o Naval de tu localidad, asimismo, se pueden conocer más detalles dando clic aquí.
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