¿Cuánto me deben de dar de utilidades y qué hacer si no las recibo?  

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¿Cuánto me deben de dar de utilidades y qué hacer si no las recibo?  

Aquí en Al chile te explicamos cuánto es lo que te corresponde de utilidades y que debes de hacer si no las recibes antes del 30 de mayo

Las utilidades son un incentivo adicional para aquellos chambeadores que laboran en áreas de producción o distribución de bienes o servicios, ofreciéndoles así un apoyo para gastos familiares, saldar deudas pendientes o destinarlos a ahorros.

Cabe mencionar que este incentivo  son las ganancias que una empresa o patrón obtiene durante un año, después de restar todos sus gastos, impuestos y costos de operación, por la actividad productiva que ofrece en el mercado,  sin importar su giro comercial, y de las que también se benefician los trabajadores.

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El derecho a percibir las utilidades es irrenunciable y deben pagarse, en moneda de curso legal, a más tardar el 30 de mayo en el caso de los trabajadores que laboran para una persona moral y hasta el 29 de junio para las personas que prestan sus servicios a un patrón.

Lo anterior está consagrado en el artículo 123° de la Constitución y en la Ley Federal del Trabajo (LFT), la participación de los trabajadores en las utilidades (PTU) es el derecho que tienen los colaboradores de una empresa, o persona física, a recibir una parte de las ganancias que ésta genere.

¿Cuánto me deben de dar de utilidades y qué hacer si no las recibo?  

¿Cuánto me toca de utilidades?

Según los datos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), el porcentaje de la PTU es determinado por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, instancia facultada por la Constitución para tal efecto, el cual asciende actualmente al 10 por ciento de los beneficios netos.

Tomando esto en cuenta y conforme a lo establecido en la LFT, la utilidad repartible es dividida en dos partes iguales:

  • La primera es distribuida por igual entre todos los trabajadores de la empresa, tomando en consideración el número de días laborados por cada uno durante el año, independientemente del monto de los salarios.
  • La segunda es repartida en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.

Es importante mencionar que, cuando el monto a pagar sea superior a tres meses del salario del trabajador, se establecen los 90 días de salario como límite máximo de pago del PTU, salvo que el promedio pagado por la empresa a los trabajadores según su categoría en los últimos tres años sea superior a esa cifra.

¿Cuánto me deben de dar de utilidades y qué hacer si no las recibo?  

¿Qué hago si no recibió utilidades después del 30 de mayo?

Con tal de proteger tus derechos laborales, aquí te presentamos algunas opciones que puedes considerar si no recibiste tus utilidades conforme a lo estipulado por la ley.

  • Contactar a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET): Si enfrentas dificultades para obtener tus utilidades, puedes presentar una denuncia ante la PROFEDET. Puedes enviar un correo electrónico a inspeccionfederal@stps.gob.mx o comunicarte a través de los números telefónicos 800 717 2942 y 800 911 7877.
  • Solicitar una visita de inspección: Si consideras que es necesario realizar una inspección en tu lugar de trabajo para verificar el cumplimiento de la ley en cuanto al pago de utilidades, puedes acudir a la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo. El personal encargado evaluará tu caso y, de ser necesario, programará una visita de inspección para investigar la situación en tu empresa.

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